Articulo 101 Agraria de C León

Articulo 101 Agraria de C. León

Ver Indice
»

Artículo 101. Polígonos ganaderos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Reglamentariamente se determinarán las condiciones que deberá reunir el polígono único o polígonos ganaderos en los que se dividan los terrenos sometidos a ordenación común de pastos.