Artículo 101 Montes y Ges...Sostenible

Artículo 101. Autorización e inscripción en el Registro.

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Artículo 101. Autorización e inscripción en el Registro.

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1. Reglamentariamente se establecerá el procedimiento a seguir para la autorización de una ECAF, así como la correspondiente remisión al Registro General de Entidades Colaboradoras de Castilla-La Mancha.

2. La resolución de autorización de una ECAF corresponderá a la consejería competente en materia de política forestal.

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