Articulo 101 Reglamento de Caza
- Norma derogada desde el 30 de enero de 2026. - Decreto 1/2026, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Caza y Gestión Cinegética
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»Artículo 101. Competencia en materia cinegética.
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El ejercicio de las competencias en materia de caza derivadas de la Ley 9/1998, de 2 de julio, de Caza de La Rioja, de este Reglamento y demás disposiciones que lo desarrollen, corresponderán a la Consejería que las tenga atribuidas por el correspondiente Decreto del Gobierno de La Rioja.
