Articulo 102 Administraci...onal Foral

Articulo 102 Administración y Sector Público Institucional Foral

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Artículo 102. Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración Pública Foral.

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Las personas en sus relaciones con la Administración Pública Foral ostentan los siguientes derechos:

a) A la atención adecuada.

b) A una buena administración.

c) A la protección de la buena fe y la confianza legítima.

d) Al acceso a los servicios públicos.

e) De petición.

f) A la presentación de escritos y documentos.

g) A presentar sugerencias, reclamaciones y quejas.