Articulo 102 Carrera militar
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»Artículo 102. Nombramientos y ceses de oficiales generales.
Vigente
1. El Consejo de Ministros determinará mediante acuerdo los cargos correspondientes a tenientes generales y generales de división cuyo nombramiento se efectuará por el propio Consejo de Ministros mediante real decreto, a propuesta del Ministro de Defensa.
2. El nombramiento y el cese de los demás cargos correspondientes a oficiales generales es competencia del Ministro de Defensa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-11-2007 en vigor desde 01-01-2008