Articulo 102 Código del Derecho Foral de Aragón
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Artículo 102. Modos de delación.

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1. Las funciones tutelares se defieren por.

a) Disposición voluntaria en instrumento público.

b) Resolución judicial.

c) Disposición de la ley en caso de desamparo de menores o incapacitados.

2. La delación dativa es subsidiaria y complementaria de la voluntaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011