Articulo 102 Plan básico autonómico

Articulo 102 Plan básico autonómico

  • El presente decreto y el plan que éste aprueba entrarán en vigor de conformidad con lo previsto en el art. 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el art. 199 del Reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.
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Artículo 102. Fondo edificable

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Preferentemente, la construcción principal deberá situarse en la franja entre la línea límite de edificación de la carretera al que dé frente y 30 metros hacia el fondo de la misma, para favorecer la compacidad del núcleo y el ahorro de medios.