Articulo 102 Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
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»Artículo 102. Incompatibilidades.
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En el supuesto de que el padre y la madre tengan derecho a la misma prestación por los mismos conceptos, en el mismo o en distintos regímenes públicos de protección social, los beneficiarios deberán optar por una de ellas.
