Articulo 102 Servicios sociales de C. León
Ver Indice
»Artículo 102. Órgano colegiado de carácter asesor en materia de servicios sociales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En la Administración de la Comunidad de Castilla y León existirá un órgano colegiado de carácter asesor en materia de servicios sociales, adscrito a la consejería competente en esta materia.
2. Su composición, organización y funcionamiento se regularán reglamentariamente.
3. Ejercerá las funciones y competencias que se le atribuyan legal o reglamentariamente, así como las que se le encomienden o deleguen.
Modificaciones
- Artículo modificado (102) por LEY 5/2014, de 11 de septiembre, de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
(CL de 19-09-2014) en vigor desde 20-09-2014
