Articulo 102 Simplificaci... normativa

Articulo 102 Simplificación y mejora de la regulación normativa

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Artículo 102. Modificación del artículo 4 de la Ley 25/2002

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Se modifica el artículo 4 de la Ley 25/2002, que queda redactado del siguiente modo:

"Artículo 4

"Adquisición y pérdida de la condición de regresado o regresada

"1. La condición de regresado o regresada debe solicitarse durante los seis meses siguientes al regreso a Cataluña.

"2. A los efectos de lo establecido por la presente ley, se entiende que la condición de regresado o regresada se pierde al cabo de dos años de la fecha del regreso definitivo a Cataluña."