Artículo 103 duodecies Régimen específico de tasas
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»Artículo 103 duodecies. Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios derivada de la actividad docente en materia de enseñanzas deportivas del sistema educativo desarrollada por los centros educativos públicos de las Illes Balears.
Modificaciones
- Artículo modificado (103 duodecies (se añade)) por Ley 9/2008, de 19 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autonoma de las Illes Balears para el año 2009
(PM de 27-12-2008) en vigor desde 01-01-2009
