Articulo 103 Hacienda y Sector Público
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 103. Elaboración del estado de gastos.
Vigente
La Consejería de Hacienda elaborará el estado de gastos del anteproyecto partiendo de las propuestas de las Consejerías y, en su caso, de las demás entidades y órganos con dotaciones diferenciadas y presupuesto limitativo en los presupuestos generales, que se ajusten a los límites que se hayan establecido.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006