Artículo 103. LEY 3/2026, de 29 de junio, C.Valenciana, medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado
Artículo 103. Modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre de la Generalitat Valenciana, forestal de la Comunitat Valenciana.
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La Ley 3/1993, de 9 de diciembre, forestal de la Comunitat Valenciana, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica la letra h del apartado 1 en el artículo 24, que queda con la siguiente redacción:
«Artículo 24
1. La administración forestal, previa información pública, podrá declarar determinadas áreas forestales como zonas de actuación urgente (ZAU) con el fin de conservarlas, restaurarlas, rehabilitarlas o defenderlas ante riesgos y vulnerabilidades, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
[...]
h) Terrenos situados en zonas de alto riesgo de incendio forestal definidas en el artículo 55.9.
[…]»
Dos. Se suprime el artículo 81.
Tres. Se suprime el artículo 82.
Cuatro. Se suprime el artículo 83.
Cinco. Se suprime el artículo 84.
