Articulo 103 Pesca marítima, marisqueo y acuicultura en I. Balears
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»Artículo 103. Concurrencia de responsabilidades
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1. La responsabilidad por las acciones u omisiones tipificadas en esta ley es de naturaleza administrativa y no excluye la de otro orden.
2. Las sanciones que se impongan a varios sujetos a consecuencia de una misma infracción tienen carácter independiente entre sí, excepto en los supuestos de responsabilidad solidaria regulados en esta ley.
