Articulo 103 Reglamento 2011 de la LO 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
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»Artículo 103. Definición, duración y ámbito.
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Se halla en situación de residencia temporal y trabajo por cuenta propia el extranjero mayor de 18 años autorizado a permanecer en España por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años, y a ejercer una actividad lucrativa por cuenta propia.
