Articulo 103 Reglamento M... de Madrid

Articulo 103 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid

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Artículo 103. Uniforme básico

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Los elementos que componen el uniforme básico de los efectivos de los Cuerpos de policía local, así como las especificaciones relativas a las diversas prendas reglamentarias y aquellas complementarias que pudieran resultar precisas por necesidades del servicio, se determinarán por la Comunidad de Madrid, de conformidad con las previsiones de homogeneización establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero.