Artículo 104. Ley 3/2026, de 13 de marzo, Andalucía
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»Artículo 104. Objetivos prioritarios de la restauración forestal.
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La restauración de ecosistemas forestales tendrá como objetivos prioritarios:
a) La recuperación de montes afectados por circunstancias adversas o eventos catastróficos y, con ello, su biodiversidad, los servicios asociados a estos sistemas naturales y su capacidad productiva.
b) La adaptación de la vegetación forestal al cambio climático y la conservación de la infraestructura verde como elemento de conectividad ecológica y estructural.
c) La defensa contra la erosión del suelo y los incendios forestales, para mejorar la calidad de los recursos hídricos, la estabilidad de los terrenos y la protección de infraestructuras de interés general mediante la diversificación en mosaico del paisaje.
