Articulo 104 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
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»Artículo 104.
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Se modifica la letra b al apartado Cinco.4 del artículo 72 de la Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Financiera y de Organización de La Generalitat, que tendrá el siguiente texto:
Fijar y percibir los cánones correspondientes de conformidad con la Ley de Patrimonio de La Generalitat y con la demás legislación que resulte de aplicación, así como las tarifas y los ingresos de derecho privado que puedan corresponderle conforme a lo dispuesto en este artículo y sus normas de desarrollo.
