Artículo 104 Reglamento Interno del Parlamento Europeo
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»Artículo 104. Facultades para comprometer y liquidar gastos, aprobar las cuentas y aprobar la gestión
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1. El presidente procederá, o dispondrá que se proceda, a comprometer y liquidar gastos, con sujeción a la reglamentación financiera interna que establezca la Mesa, previa consulta a la comisión competente.
2. El presidente remitirá el proyecto de rendición de cuentas a la comisión competente.
3. Previo informe de la comisión competente, el Parlamento aprobará sus cuentas y se pronunciará sobre la aprobación de la gestión.
