Articulo 104 Suelo y Espacios Naturales Protegidos
- Los preceptos que contradigan lo dispuesto en la D.A. 2ª del Decreto-ley 15/2021, de 18 de noviembre, quedan suspendidos para el ámbito concreto de localización de las viviendas prefabricadas de cualquier parcela de titularidad pública del ámbito municipal de Los Llanos de Aridane, El Paso y Tazacorte y que tengan la clasificación de suelo urbano, urbanizable, rústico de asentamiento o rústico común, durante un plazo máximo de siete años contado desde el 20 de noviembre de 2021 y, en todo caso, hasta que finalice la fase de realojo temporal de las familias residentes en dichas viviendas. - DECRETO ley 15/2021, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el abono de una prestacion extraordinaria a las personas titulares de las Pensiones No Contributivas, del Fondo de Asistencia Social, del Subsidio de Garantia de Ingresos Minimos y de la Prestacion Canaria de Insercion, residentes en la Comunidad Autonoma de Canarias, para paliar los efectos sociales derivados de la COVID-19, asi como un suplemento extraordinario a las personas titulares de la Prestacion Canaria de Insercion residentes en los municipios de Los Llanos de Aridane, El Paso y Tazacorte para paliar los efectos sociales derivados de la crisis volcanica y otras medidas en los ambitos social, agrario y de uso del suelo.
Artículo 104.- Tipología.
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Copiloto jurídico
1. El planeamiento de los espacios naturales, que incluirá los usos del territorio en toda su extensión, podrá adoptar la forma de:
a) Planes rectores de uso y gestión de parques nacionales, naturales y rurales.
b) Planes directores de reservas naturales integrales y especiales.
c) Planes especiales de los paisajes protegidos.
d) Normas de conservación de monumentos naturales y sitios de interés científico.
e) Planes de protección y gestión de lugares de la Red Natura 2000 no incluidos en la red canaria de espacios protegidos.
2. La elaboración y el contenido de los planes rectores de uso y gestión de los parques nacionales se regirán por su normativa específica.
3. Los planes de protección y gestión de la Red Natura 2000 se regulan en el título IV de la presente ley.
