Articulo 104 TR del Estat...s Públicas

Articulo 104 TR. del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas

Ver Indice
»

Artículo 104.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El complemento específico docente se asignará a los distintos puestos de trabajo en función de la dificultad, responsabilidad y demás características de los mismos.

La asignación de este complemento a los distintos puestos de trabajo, así como la determinación de la cuantía del mismo, se efectuará mediante Ley Foral.