Artículo 104 TR de la Ley...País Vasco

Artículo 104 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Ver Indice
»

Artículo 104.- Cuota.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):

1.- Centros de formación de conductores y conductoras:

1.1.- Autorización de apertura de escuelas particulares o de otros centros de formación de conductores y conductoras: 478,07.

1.2.- Modificación de la autorización de apertura de escuelas particulares o de otros centros de formación de conductores y conductoras, con o sin inspección: 27,89.

1.3.- Inscripción y derechos de examen en cursos y pruebas para obtener el certificado de aptitud de profesor o profesora de formación vial o de director o directora de escuelas particulares de conductores y conductoras: 47,82.

1.4.- Expedición de certificados de aptitud para personal directivo y docente de escuelas particulares de conductores y conductoras y otras titulaciones cuya expedición esté atribuida a la Dirección de Tráfico, así como sus duplicados: 107,81.

1.5.- Inspección practicada en un centro de formación en virtud de precepto reglamentario: 71,72.

2.- Servicios diversos.

2.1.- Anotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos, desglose de documentos y sellado de cualquier tipo de placas o libros: 3,83.

2.2.- Autorización especial de circulación a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales: 136,66.

2.3.- Modificación de la autorización especial de circulación a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales: 16,41.

2.4.- Acompañamiento policial a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales (euros por agente y hora): 33,90.

2.5.- Autorización de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos: 15,47.

2.6.- Acompañamiento policial para el control y orden de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos (euros por agente y hora): 33,90.

2.7.- Otras autorizaciones especiales competencia de la Dirección de Tráfico: 15,47.