Articulo 105 Decreto68/2008de6dejunioporelqueseregulanlasayudasparafavorecerelaccesoalaviviendaenelmarcodelPlanestrategicodeVivienda2008-2011delesIllesBalears
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»Artículo 105. Beneficiarios.
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Pueden ser beneficiarios las personas con una edad entre 18 y 35 años con unos ingresos hasta 3,5 veces el IPREM
