Articulo 105 Ley 7/2024,...s públicas

Articulo 105 Ley 7/2024, de 11 de diciembre, Baleares, Medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas

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Artículo 105. Prescripción de las infracciones

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1. Las infracciones muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses.

2. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en los artículos anteriores empieza a contar a partir de la fecha en que se haya cometido la infracción.

3. Cuando se trate de infracciones continuadas o permanentes, el plazo de prescripción se computa a partir de la fecha de finalización de la conducta infractora.

4. El inicio del procedimiento sancionador con conocimiento de la persona o entidad interesada interrumpe el cómputo del plazo de prescripción y dicho plazo se reinicia si el expediente sancionador queda paralizado durante más de un mes por causa no imputable a la persona presuntamente responsable o infractora.