Articulo 105 Pesca Maríti... Cantabria

Articulo 105 Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria

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Artículo 105. Extinción de la responsabilidad.

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La responsabilidad derivada de la comisión de infracciones de la presente ley se extinguirá:

a) Por el fallecimiento de la persona física sancionada.

b) Por cumplimiento de la sanción impuesta.

c) Por la prescripción de la infracción.

d) Por prescripción de la sanción.