Articulo 106 Empleo público de La Mancha
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»Artículo 106. Permiso por razón de violencia de género.
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Las faltas de asistencia de las funcionarias víctimas de violencia de género, totales o parciales, tienen la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales, de salud, o los servicios especializados en materia de género, según proceda.
Modificaciones
- Artículo modificado (106) por Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha. [2018/11687]
(CM de 15-10-2018) en vigor desde 15-11-2018
