Articulo 106 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
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»Artículo 106. Ciclo vital.
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La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria garantizará a las mujeres atenciones específicas e intervenciones diferenciadas en las distintas etapas de su ciclo vital, desde una perspectiva integral y de género de la salud.
