Articulo 106 Reglamento d...de Navarra

Articulo 106 Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 106. Subastas y concesiones administrativas

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las autoridades administrativas que aprueben subastas de bienes o derechos u otorguen concesiones de cualquier clase, aun cuando no se hagan constar en escritura pública, vendrán obligados a ponerlo en conocimiento del Departamento de Economía y Hacienda, con expresión del valor de los bienes subastados o de las concesiones otorgadas, naturaleza, fecha y objeto de la subasta o concesión, y nombre del rematante o concesionario.