Articulo 107 Conservación de la Naturaleza en La Mancha
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»Artículo 107. Tipificación de las infracciones.
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A los efectos de esta ley, las infracciones se calificarán en leves, graves y muy graves.
Modificaciones
- Artículo modificado (107) por Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. [2015/3029]
(CM de 12-03-2015) en vigor desde 02-04-2015
