Articulo 107 Decreto68/20...lesBalears

Articulo 107 Decreto68/2008de6dejunioporelqueseregulanlasayudasparafavorecerelaccesoalaviviendaenelmarcodelPlanestrategicodeVivienda2008-2011delesIllesBalears

Ver Indice
»

Artículo 107. Tramitación y resolución de la ayuda.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


El Consejero de Vivienda y Obras Públicas resolverá la concesión o denegación de la ayuda, previa propuesta del director general de Arquitectura y Vivienda, en un plazo máximo de tres meses desde la solicitud de la ayuda.