Articulo 107 Recuperación...ra agraria

Articulo 107 Recuperación de la tierra agraria

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Artículo 107. Exposición pública de las actuaciones

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1. Una vez finalizadas las actuaciones recogidas en el artículo anterior, la documentación resultante será expuesta en la página web de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural y en el tablón edictal del ayuntamiento o ayuntamientos afectados por el polígono agroforestal para su consulta durante un plazo de veinte días hábiles.

2. Asimismo, se notificará a las personas propietarias o titulares de derechos de aprovechamiento de terrenos agroforestales la existencia del trámite de exposición pública, a los efectos de que puedan tomar conocimiento de las actuaciones.