Articulo 107 Reglamento d... -Vigente-

Articulo 107 Reglamento de la Ley 3/1993, forestal -Vigente-

Ver Indice
»

Artículo 107. Proyecto técnico

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La solicitud de inclusión o modificación en el Catálogo deberá ir acompañada de un proyecto técnico de las instalaciones recreativas y deportivas, que deberá indicar las siguientes características:

a) Tipo de servicios que ofrece.

b) Características de la actividad vinculada.

c) Localización geográfica, dimensiones de la instalación y, en su caso, trazado.

d) Capacidad de acogida en cuanto a número de usuarios.

e) Medidas y trabajos a ejecutar con arreglo a las dotaciones mínimas establecidas en el ANEXO IV.

f) Cuando se requiera la construcción de algún elemento o infraestructura, indicación de sus características técnicas básicas, que incluirán sus dimensiones y materiales necesarios.

g) Cualquier otra información que se pueda considerar conveniente, como la tipología de vehículos autorizados o las condiciones específicas de circulación.

h) Propuesta de mejora ambiental.