Articulo 107 Reglamento de la Ley 3/1993, forestal -Vigente-
Artículo 107. Proyecto técnico
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La solicitud de inclusión o modificación en el Catálogo deberá ir acompañada de un proyecto técnico de las instalaciones recreativas y deportivas, que deberá indicar las siguientes características:
a) Tipo de servicios que ofrece.
b) Características de la actividad vinculada.
c) Localización geográfica, dimensiones de la instalación y, en su caso, trazado.
d) Capacidad de acogida en cuanto a número de usuarios.
e) Medidas y trabajos a ejecutar con arreglo a las dotaciones mínimas establecidas en el ANEXO IV.
f) Cuando se requiera la construcción de algún elemento o infraestructura, indicación de sus características técnicas básicas, que incluirán sus dimensiones y materiales necesarios.
g) Cualquier otra información que se pueda considerar conveniente, como la tipología de vehículos autorizados o las condiciones específicas de circulación.
h) Propuesta de mejora ambiental.
