Articulo 107 Servicios sociales de Cataluña
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»Artículo 107. Infracciones graves.
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Son infracciones graves de los usuarios o beneficiarios de prestaciones las siguientes:
Reincidir en la comisión de infracciones leves.
Falsear datos a la Administración.
No comunicar a la Administración los cambios o alteraciones de las circunstancias o de los requisitos que determinaron la concesión de la prestación.
Producir daños en las instalaciones del centro.
Alterar gravemente la convivencia en el centro.
