Articulo 108 Deporte de I...-Derogada-

Articulo 108 Deporte de I. Balears -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 108. Plan director sectorial de instalaciones deportivas

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Gobierno de las Illes Balears, a propuesta de la consejería correspondiente, aprobará el Plan director sectorial de instalaciones deportivas de las Illes Balears como instrumento de planificación y ordenación, para atender las necesidades de la población en materia de instalaciones deportivas, según la ley vigente.