Articulo 108 montes y adm...protegidos

Articulo 108 montes y administracion de espacios naturales protegidos

Ver Indice
»

Artículo 108. Objetivo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los programas de investigación se llevarán a cabo preferentemente, en conexión con centros científicos y técnicos, universitarios o societarios, con los siguientes objetivos:

  1. Difundir entre los particulares y asociaciones del sector las técnicas de actuación y aplicación práctica en materia forestal.

  2. Realizar labores de investigación, análisis, ensayos y demás trabajos experimentales de interés para la mejora de las técnicas forestales.

  3. Cualesquiera otros que persigan el fomento y desarrollo de la actividad forestal.