Articulo 108 Plan básico autonómico

Articulo 108 Plan básico autonómico

  • El presente decreto y el plan que éste aprueba entrarán en vigor de conformidad con lo previsto en el art. 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el art. 199 del Reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.
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Artículo 108. Soportales

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No se regulan.

De existir soportales como elementos propios del asentamiento, se atenderá a su morfología para favorecer el establecimiento de un conjunto homogéneo en todo el núcleo.