Articulo 108 Reforma del ... Andalucia

Articulo 108 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia

Ver Indice
»

Artículo 108. Potestad legislativa.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Parlamento ejerce la potestad legislativa mediante la elaboración y aprobación de las leyes. Las leyes que afectan a la organización territorial, al régimen electoral o a la organización de las instituciones básicas, requerirán el voto favorable de la mayoría absoluta del Pleno del Parlamento en una votación final sobre el conjunto del texto, salvo aquellos supuestos para los que el Estatuto exija mayoría cualificada.