Articulo 108 Reglamento d...r personal

Articulo 108 Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de proteccion de datos de caracter personal

Ver Indice
»

Artículo 108. Custodia de los soportes.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Mientras la documentación con datos de carácter personal no se encuentre archivada en los dispositivos de almacenamiento establecidos en el artículo anterior, por estar en proceso de revisión o tramitación, ya sea previo o posterior a su archivo, la persona que se encuentre al cargo de la misma deberá custodiarla e impedir en todo momento que pueda ser accedida por persona no autorizada.