Articulo 108 Seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias
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»Artículo 108. Fases del procedimiento de autorización de entrada en servicio de los subsistemas estructurales fijos.
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El procedimiento de obtención de la autorización de entrada en servicio de un subsistema estructural fijo se compone de las siguientes fases:
a. Comunicación previa a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria;
b. Puesta en conocimiento a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria de los proyectos antes de su aprobación;
c. Evaluación del subsistema tras su construcción y previa a su entrada en servicio;
d. Solicitud de autorización de entrada en servicio del subsistema estructural fijo.
