Articulo 108 Uso estratégico de la contratación pública
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Articulo 108 Uso estratégico de la contratación pública

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Artículo 108. Medidas de cumplimiento voluntario.

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1. Toda empresa licitadora que se encuentre en situación de prohibición de contratar podrá presentar, por cualquier medio admitido en derecho, prueba de que las medidas adoptadas por la misma son suficientes para demostrar su fiabilidad pese a la existencia de un motivo de exclusión pertinente. Si las pruebas se consideran suficientes, la empresa licitadora afectada no quedará excluida del procedimiento de contratación.

A tal efecto, la empresa licitadora deberá demostrar que ha abonado o se ha comprometido a abonar la indemnización correspondiente por cualquier daño causado por la infracción administrativa, que ha aclarado los hechos y las circunstancias de manera exhaustiva, colaborando activamente con las autoridades investigadoras, y que ha adoptado medidas técnicas, organizativas y de personal concretas y apropiadas para evitar nuevas infracciones.

2. En el caso de que una empresa licitadora afectada por una prohibición de contratar aporte un programa de medidas adoptadas voluntariamente al presentarse a un procedimiento de licitación, el órgano de contratación remitirá a la Junta de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón la documentación acompañada de un informe sobre la procedencia o no de su admisión.

3. La Junta de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón emitirá informe de evaluación de las medidas adoptadas por las empresas licitadoras, teniendo en cuenta la gravedad y las circunstancias particulares de la prohibición de contratar impuesta. Si el informe de la Junta fuera favorable, el órgano de contratación decidirá de forma motivada sobre la admisión a la licitación.

4. La exclusión por sentencia firme de la participación en procedimientos de contratación no dará derecho a acogerse a la posibilidad prevista en este artículo durante el período fijado en la sentencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-05-2023