Articulo 109 Ley 7/2024, de 11 de diciembre, Baleares, Medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas
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»Artículo 109. Obligación de restitución
Vigente
Las personas declaradas responsables tienen la obligación de restituir el estado de las cosas a la situación previa a la comisión de la infracción.
Modificaciones
- Artículo modificado (Artículo 109 se añade) por Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y de otras medidas de simplificación y racionalización administrativas (PM de 13-06-2026) en vigor desde 14-06-2026

