Articulo 109 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
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»Artículo 109.
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Se modifica el artículo 88 de la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y de Organización de La Generalitat, sobre Sanciones por Infracciones en materia de Pesca Fluvial, que quedará redactado en los siguientes términos:
En el ámbito de la Comunitat Valenciana, las cuantías de las sanciones por infracciones a la normativa estatal en materia de Fomento y Conservación de la Pesca Fluvial, serán las siguientes:
Infracciones leves: de 30 a 149,99 euros
Infracciones menos graves: de 150 a 299,99 euros
Infracciones graves: de 300 a 1499,99 euros
Infracciones muy graves: de 1500 a 3.000 euros.
