Articulo 109 Reglamento d...r personal

Articulo 109 Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de proteccion de datos de caracter personal

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Artículo 109. Responsable de seguridad.

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Se designará uno o varios responsables de seguridad en los términos y con las funciones previstas en el artículo 95 de este reglamento.