Articulo 109 TR de la ley...upuestaria

Articulo 109 TR. de la ley general presupuestaria

Ver Indice
»

Art. 109.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los Organismos autónomos del Estado podrán garantizar mediante aval, siempre que estén autorizados para ello por sus Leyes fundacionales, los créditos concertados por las Sociedades estatales contempladas en el artículo 6, número 1, apartado a) de esta Ley en cuyo capital participen, debiendo dar cuenta al Ministerio de Economía y Hacienda de cada uno de los avales que concedan.