Articulo 11 14 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
Ver Indice
»Artículo 11. 1-4. Cuota.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las cuotas de la tasa son las siguientes:
1. Escuela Catalana del Deporte
1.1. Certificado de primer nivel en período transitorio: 20 euros.
1.2. Certificado de segundo nivel en período transitorio: 40 euros.
1.3. Certificado de tercer nivel en período transitorio: 60 euros.
1.4. Duplicado de certificados de cualquier nivel: 20 euros.
1.5. Duplicado de certificado de formación continuada: 20 euros.
2. Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Cataluña
2.1. Certificado de reconocimiento de cursos impartidos por otras entidades: 60 euros.
2.2. Duplicado de documento del Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Cataluña o de cualquier procedimiento vinculado (habilitación, validación): 20 euros.
Modificaciones
- Modificación realizada (11.1-4) por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 02-09-2014 - Artículo modificado por LEY 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
(GC de 31-12-2009) en vigor desde 01-01-2010
