Articulo 11 2016 Estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales
Artículo 11. Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.
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1. El Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, de la que depende la Dirección General de Relaciones con las Cortes.
B) La Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales, de la que depende la Secretaría General de Coordinación Territorial, con rango de Subsecretaría, de la que dependen:
1.º La Dirección General de la Administración Periférica del Estado.
2.º La Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales.
C) La Subsecretaría de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, de la que depende la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, con rango de Dirección General.
D) El Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico, con rango de Subsecretario.
2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
a) La Subsecretaría de la Presidencia.
b) La Oficina para la ejecución de la reforma de la Administración.
c) La Dirección General de Comunicación.
d) La Dirección General de Relación con las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
- Artículo modificado (11 (apdo. 1.D), se añade)) por Real Decreto 771/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
(BOE de 29-07-2017) en vigor desde 29-07-2017
