Articulo 11 Acción exteri...ón Europea

Articulo 11 Acción exterior y de relaciones con la Unión Europea

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Artículo 11. Consorcios, fundaciones y otros entes públicos y corporativos

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Con el objetivo de lograr cohesión y eficiencia en la acción exterior de Cataluña y en las relaciones de la Generalidad con la Unión Europea.

a) El Gobierno y la Administración de la Generalidad han de impulsar relaciones en esta materia, con el grado de participación, colaboración o interlocución que consideren más adecuado en cada caso, con los consorcios, fundaciones y demás entes públicos y corporativos que actúen en ese ámbito.

b) El Gobierno debe coordinar, en el marco de la legislación propia de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Cataluña, las actuaciones de dichas corporaciones orientadas al impulso de la internacionalización y al fomento de la exportación de las empresas catalanas.

c) El Gobierno y la Administración de la Generalidad han de impulsar relaciones de colaboración en esta materia con las universidades y demás instituciones académicas, con los colegios profesionales y con el resto de entes corporativos de Cataluña, de acuerdo con la respectiva legislación específica.