Articulo 11 Apoyo al regreso de catalanes emigrados
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»Artículo 11. Mesa de Ciudadanía e Inmigración.
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1. Se crea la Mesa de Ciudadanía e Inmigración, en la cual deben estar representados los distintos departamentos de la Generalidad implicados en la aplicación del Plan, así como las administraciones locales, las entidades de iniciativa social y las organizaciones sindicales y empresariales.
2. Las funciones del Mesa de Ciudadanía e Inmigración son:
a) Valorar los resultados de la aplicación del Plan de ayuda al regreso y el desarrollo de otras actuaciones relacionadas.
b) Emitir informes sobre las consultas que le formule el Gobierno.
c) Las demás establecidas por reglamento.
Modificaciones
- Artículo modificado (11) por LEY 10/2010, de 7 de mayo, de acogida de las personas inmigradas y de las regresadas a Cataluña.
(GC de 14-05-2010) en vigor desde 14-06-2010
