Articulo 11 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León
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»Artículo 11. Derechos urbanísticos de los propietarios de bienes inmuebles.
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Los propietarios de suelo y demás bienes inmuebles tienen derecho a usar, disfrutar y disponer de los mismos, dentro de los límites y con el cumplimiento de los deberes señalados en la normativa urbanística y en las demás normas aplicables, los cuales delimitan el contenido urbanístico del derecho de propiedad y definen su función social.
