Articulo 11 autorizacion y clasificacion de alojamientos de turismo rural en la Comunidad de Madrid
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»Artículo 11. Clasificación.
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Los hoteles rurales, atendiendo a sus instalaciones y servicios, se clasificarán en categorías que se identificarán mediante hojas de roble, en los siguientes términos:
Los hoteles de tres hojas corresponderán a la categoría superior.
Los hoteles de dos hojas corresponderán a la categoría media.
Los hoteles de una hoja corresponderán a la categoría básica.
